Centro de Intercambio y Solidaridad (CIS)

 

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Centro de Intercambio y Solidaridad – CIS

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San Salvador, 13 de septiembre de 2007

 

ACTUALIZACION SOBRE LOS ARRESTOS DE SIGEESAL

(VER nuestra Actualización del 7 de Sept. de 2007 para detalles completos)

 

Los ocho dirigentes y miembros del Sindicato Gremial de Trabajadores de Enfermería de El Salvador (SIGEESAL) fueron liberados el domingo 9 de septiembre recién pasado, después de cinco días de encarcelamiento.

Los sindicalistas fueron capturados el 4 de septiembre a las 2 de la madrugada, algunos en sus casas, y otros en sus lugares de trabajo por haber participado en una protesta que se había desarrollado a principios de julio. Cinco de los sindicalistas son de Chalchuapa, el el departamento de Santa Ana; los otros tres son de Ahuachapán. Los cargos que se les imputaron son daños agravados y desórdenes públicos, en el contexto de un paro de labores administrativo y una protesta contra la privatización de la salud, para denunciar actos de corrupción en algunos hospitales públicos, y por la falta de medicina en los hospitales públicos del país.

Las acusaciones de daños se deben a las pintas con “spray” hechas durante una marcha que se desarrolló el 6 de julio, aunque los sindicalistas, como parte de las negociaciones con la Regional de Salud de Occidente el 10 y 11 de julio, se comprometieron a despintar los “slogans”, lo cual hicieron en la semana del 16 de julio, mucho antes de las capturas del 4 de septiembre. La Regional de Salud de Occidente convino en investigar las acusaciones de corrupción, proteger el derecho de los trabajadores a organizarse, y a no tomar represalias contra los participantes en las protestas. Por otra parte, los dirigentes sindicales enfrentan los cargos de desórdenes públicos por el supuesto bloqueo del tráfico durante la protesta del 6 de julio. El juez ha desestimado la acusación de daños agravados.

En julio pasado, el gobierno salvadoreño capturó a 14 miembros de CRIPDES y otras organizaciones sociales mientras se manifestaban defendiendo el derecho al agua potable, en una protesta que se desarrolló en Suchitoto. Estas personas han sido acusadas de actos de terrorismo, bajo la Ley Anti Terrorista (aprobada en Septiembre de 2006). Hubo una enorme reacción contra el gobierno salvadoreño por acusar de terroristas a las personas que lo critican; entre otros, se manifestaron Amnistía Internacional, Human Rights Watch, el congresista estadounidense Jim McGovern, Tutela Legal del Arzobispado de San Salvador, el Alcalde y el Concejo Municipal de Madison, Wisconsin, así como muchas personas y ONG`s internacionales y de El Salvador. Como resultado, en agosto pasado, la Asamblea Legislativa modificó el artículo 348 del Código Penal para elevar a la categoría de delito los desórdenes públicos, con hasta 8 años de prisión, en vez de considerarlos como una simple falta. Las personas que protestan por las políticas sociales del gobierno ahora ya no son acusadas de terrorismo, pero pueden recibir las mismas penas que se aplican al terrorismo. 

La Ley Anti – terrorista, junto con las reformas al artículo 348 del Código Penal son instrumentos que están siendo usados contra el movimiento social. Esto es una amenaza contra el derecho a la libertad de expresión, de reunión, de organización, y otras que son garantizadas por la Constitución Política de El Salvador (Art. 6, Art. 5) y por muchos Tratados Internacionales de los cuales El Salvador es signatario (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Arts.19, 12), la Convención Americana sobre Derechos Humanos/Pacto de San José, Costa Rica (Arts. 13, 22), Además, el 7 de septiembre de 2007 entraron en vigor en El Salvador los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, los cuales protegen el derecho a la organización de los trabajadores y a la contratación colectiva. Estas acciones represivas son muy peligrosas, especialmente cuando vemos que las raíces de la guerra civil y de todo el conflicto que vivió El Salvador desde 1979, incluían leyes represivas muy similares que cerraron todos los espacios democráticos para el cambio anhelado por el pueblo.

Pero aunque los 8 miembros de SIGEESAL han sido liberados temporalmente, bajo libertad condicional – (así como las y los 14 activistas de CRIPDES y otros que estaban involucrados en la defensa del derecho al agua potable), no han sido absueltos de cargos todavía. Esto está generando temor y terror en la población, lo cual hace que la gente tenga temor de hablar y de denunciar las injusticias. Por eso es importante que ustedes continúen escribiendo a sus congresistas haciéndole saber estas violaciones. Específicamente, demandar que el gobierno:

  1. Retire los cargos de desórdenes públicos contra 8 miembros de SIGEESAL.
  2. Reconozca que la protesta pacífica es un derecho de la ciudadanía, y no un acto de terrorismo ni de desórdenes públicos.
  3. Elimine las reformas al Art. 348 del Código Penal salvadoreño, por criminalizar las protestas y atentar contra varias libertades consagradas por nuestras leyes, la Constitución y Tratados Internacionales.
  4. Respete los Convenios de la OIT sobre el derecho a la organización y a la contratación colectiva.
  5. Respete el derecho a la salud pública.

CONTINUE Contactando a sus Congresistas y otras autoridades:

Presidente Elías Antonio Saca

Tel. (++011-503)2248-9000

FAX: (++011-503)2243-7857; 2243-9930

Charles L. Glazer, U.S. Embajador de EE. UU. en El Salvador

Tel. (011-503)2501-2999

Fax: 2501-2154

Oscar Humberto Luna, Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos de El Salvador

Tel. ++ 503-2222-0011

Fax: ++503 - 2222-0655

Lic. Felix Garrid Safie, Fiscal General de la República de El Salvador

Tel: ++503-2231-8300

Fax: 503-2243-9930; 2243-7857

Favor enviarnos copias de toda su correspondencia al CIS: Fax: ++011-503-2235-1330 o cis_elsalvador@yahoo.com

SIGEESAL necesita de nuestro apoyo financiero para organizar a la gente a fin de que defienda su derecho constitucional a recibir los servicios de salud pública, así como para los costos de la defensa legal de los sindicalistas.  Le solicitamos una contribución de $200, $100, $50, o cualquier otra cantidad que esté dentro de sus posibilidades:

El Fondo para Derechos Humanos del CIS será designado para apoyar el trabajo de SIGEESAL.

Las donaciones pueden hacerse a: Los Olivos CIS

PO BOX 76

Westmont, IL 60559-0076

*Escriba una nota diciendo que es para el Fondo de derechos humanos de SIGESAL 

 

 

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San Salvador, 7 de septiembre de 2007

Centro de Intercambio y Solidaridad - CIS

¡LIBERTAD A LOS SINDICALISTAS DE SIGEESAL!

DEFENDAMOS EL DERECHO A LA LIBRE SINDICALIZACIÓN Y A LA PROTESTA Y A LA SALUD

FORTALEZCAMOS LA DEMOCRACIA EN EL SALVADOR.

 

El martes 4 de septiembre de 2007, in las ciudades de Ahuachapán y Santa Ana, fueron capturados 8 sindicalistas miembros de la Junta Directiva de SIGEESAL (Sindicato Gremial de Trabajadores de Enfermería de El Salvador). Los sindicalistas fueron capturados ilegalmente en sus casas y en sus lugares de trabajo en hospitales nacionales y en unidades de salud, durante operativos realizados por grupos especiales de la Policía Nacional Civil, entre las 6 y 7 de la mañana.

Las acciones de persecución contra los dirigentes sindicales ocurrieron después de que las autoridades del Ministerio de Salud denunciaran en la Fiscalía General de la República a la Directiva de la seccional de SIGEESAL en el municipio de Chalchuapa, departamento de Santa Ana por una acción de protesta realizada el sábado 6 de julio de 2007. Dicha protesta fue desarrollada en solidaridad con los miembros de SIGEESAL del departamento de San Vicente, quienes realizaron un paro de labores en el Hospital nacional Santa Gertrudis y en la oficina del Sistema Básico de Salud Integral (SIBASI), y en la Unidad de Salud Periférica de San Vicente. Este paro de labores disminuyó las actividades administrativas, pero continuaron los servicios de consulta externa y emergencia habilitados. Esta actividad comenzó el lunes 2 de julio de 2007, denunciando el desabastecimiento de medicamentos y los planes de concesión y descentralización (privatización) de los servicios de salud pública. Además, se denunciaron actos de corrupción tolerados por el Director Regional de Salud, Manuel Abarca. Estas demandas fueron acompañadas por los miembros de SIGEESAL de Santa Ana, quienes realizaron actos de protesta en el Hospital Nacional el día 6 de julio. Otras actividades de protesta fueron realizadas en las oficinas centrales de la Regional de Occidente y en 3 departamentos del Hospital Rosales en San Salvador.

El 10 y 11 de julio SIGEESAL firmó varios acuerdos con el Director General de Hospitales, Dr. Alcides Urbina. Entre esos acuerdos estaba el compromiso de iniciar conversaciones en la Regional de San Vicente y Occidente, e iniciar las investigaciones en los casos de corrupción de los directores y asesores de San Vicente. También se incluyó el cumplimiento y respeto al libre ejercicio de la sindicalización, y que no habría ninguna represalia contra los sindicalistas que participaron en las protestas.

Los sindicalistas capturados son: Ana Luz Ordóñez Castro, Mirian Ruth Castro Lemus, Elsa Yanira Paniagua, Noemí Barrientos de Pérez, Ana Graciela de Carranza, Jorge Emilio Pérez, Manuel Trejo Artero y Anemías Armando Cantadeiro. Ellos han sido falsamente acusados por la Fiscalía, según la remisión, por “daños agravados y desórdenes públicos”. Al igual que el caso de los presos políticos de Suchitoto, las presentes acusaciones se enmarcan dentro del conjunto de leyes represivas de este impopular gobierno, como son: la Ley Especial contra Actos de Terrorismo, Ley Especial contra el Crimen Organizado y Delitos de Realización Compleja, así como las modalidades recientemente inventadas de utilizar Jueces Especiales (no independientes) y Tribunales Especiales, así como la implementación de las recientes reformas (agosto de 2007) al Código Penal y al Código Procesal Penal, en su artículo 348. Todas estas leyes, reformas y figuras legales son implementadas para criminalizar la protesta social y popular, con el único fin de acallar la voz de los sectores y personas que critican las injustas actuaciones del gobierno y sus personeros. Por la respuesta internacional que causó el uso de la Ley Anti-terrorista contra la protesta social, los activistas sociales ya no son acusados de terrorismo, sino de desórdenes públicos; pero modificaron el Código Penal para que la pena por desórdenes públicos ya no sea una falta leve, sino un delito con hasta 10 años de prisión sin posibilidad de excarcelación. Esta es una clara violación del derecho a la organización, a la protesta, y a la libertad de expresión.

SIGEESAL superó recientemente un ataque contra su derecho a la asociación y organización. El gobierno sólo reconoció el derecho a la organización el 22 de junio de 2007, después de una serie de actividades de los sindicalistas para exigir su derecho a organizarse y asociarse. Después de una larga lucha contra la privatización de la salud, SIGEESAL continúa sufriendo los ataques y la persecución del gobierno del Presidente Elías Antonio Saca.

El viernes 7 de septiembre de 2007 entran en vigencia en El salvador los Convenios 87 y 98 de la OIT —Organización Internacional del Trabajo—. Estos Convenios se refieren a la Libertad de Asociación y Protege el derecho a organizarse (C87) y el derecho a organizarse y a la Contratación Colectiva (C98). Pero el arresto de los 8 líderes sindicales y la orden de captura contra el resto de dirigentes de SIGEESAL sólo demuestran que el Gobierno del Presidente Saca no respetará el espíritu de dichos Convenios. Por el contrario, ya comenzó a violar no sólo estos Convenios Internacionales, sino que también viola reiteradamente la Constitución de la República de El Salvador.1

El Presidente Elías Antonio Saca preside un gobierno que sólo protege y defiende los intereses de un minúsculo grupo de de poder en el país. El Ministro de Trabajo, Roberto Espinal Nieto, quien es responsable de proteger los derechos de los trabajadores, igualmente protege los intereses de ese pequeño grupo, en vez de cumplir y hacer cumplir el Código Laboral y los Convenios de la OIT. El Ministro de Salud, Dr. Guillermo Maza, ha expresado reiteradamente su posición anti-sindical y ha impulsado la privatización de la salud, respondiendo también a los intereses del pequeño grupo de poderosos, en vez de preocuparse por los intereses de la mayoría más necesitada del pueblo salvadoreño.

ACOMPAÑE A LOS SALVADOREÑOS EN LA LUCHA POR SU DERECHO A ORGANIZARSE, EN SU DEFENSA DE LA DEMOCRACIA Y DE LA SALUD PÚBLICA

LIBERTAD A LOS PRISIONEROS POLÍTICOS DE EL SALVADOR!!!

bulletExigimos la INMEDIATA E IRRESTRICTA LIBERTAD de los 8 DIRIGENTES SINDICALES que luchan contra la privatización de la salud. Ellos son considerados prisioneros políticos, ya que fueron arrestados por sus puntos de vista y por realizar actos de protesta. Ellos son: Ana Luz Ordóñez Castro, Mirian Ruth Castro Lemus, Elsa Yanira Paniagua, Noemí Barrientos de Pérez, Ana Graciela de Carranza, Jorge Emilio Pérez, Manuel Trejo Artero y Anemías Armando Cantadeiro
bulletExigimos el respeto y cumplimiento a los Convenios 87 y 98 de la OIT. Estas Convenios garantizan la libertad de asociación y protegen el derecho a organizarse (C 87) y el derecho a organizarse y a la contratación colectiva (C98).
bulletExigimos se respete el derecho de todos los salvadoreños a recibir servicios de salud pública, y rechazamos los planes para privatizar el sistema de salud salvadoreño, que dejaría más vulnerable a la gran mayoría de la población pobre.
bulletDenunciamos la inconstitucionalidad de la REFORMA AL ARTICULO 348 DEL CODIGO PENAL, por lo que demandamos su ANULACION INMEDIATA, YA QUE ES UN ATENTADO CONTRA EL DERECHO A LA PROTESTA Y CONTRA LA LIBERTAD DE EXPRESION, pues la reforma modifica la pena para los “desórdenes públicos” elevándolos a la categoría de delito con hasta 10 años de cárcel sin posibilidad de excarcelación. El Art. 3 de la Constitución garantiza igualdad ante la ley y el Art. 7 garantiza la libertad de asociación. Estas reformas están siendo aplicados en contra de personas que critican las políticas sociales del gobierno.
bulletDenunciamos la inconstitucionalidad de la Ley Anti-Terrorista y la Ley contra el Crimen Organizado y Delitos de realización Compleja, y exigimos que esta ley sea derogada para que los salvadoreños tengan un Estado que les garantice acceso a la Justicia, Libertad de Expresión, y respeto a la Libertad de Asociación. Esta ley viola el acceso igualitario a una justicia independiente. Al contrario, utiliza tribunales y jueces especiales nombrados por el presidente del la república.

Contacte a las Autoridades:

Presidente Elías Antonio Saca

Tel. (++011-503)2248-9000

FAX: (++011-503)2243-7857; 2243-9930

Charles L. Glazer, Embajador de los Estados Unidos en El Salvador

Tel. (011-503)2501-2999

Fax: 2501-2154

Oscar Humberto Luna, Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos

Tel. ++ 503-2222-0011

Fax: ++503 - 2222-0655

Lic. Félix Garrid Safie, Fiscal General de la república de El Salvador

Tel: ++503-2231-8300

Fax: 503-2243-9930; 2243-7857

Favor enviar copias de toda su correspondencia al CIS: Fax: ++011-503-2235-1330

O a nuestro e-mail: cis_elsalvador@yahoo.com

Apoye con ayuda económica para financiar la defensa del derecho a la organización y para los costos de la defensa legal de los sindicalistas encarcelados.

El Fondo de Derechos Humanos del CIS será designado para apoyar el trabajo de SIGEESAL.

Las donaciones pueden hacerse a Los Olivos CIS

PO BOX 76

Westmont, IL 60559-0076

*especifique que es para el fondo de derechos humanos de SIGEESAL. 

Agradecemos al Centro de Estudios Laborales de El Salvador (CEAL El Salvador), el Frente Sindical salvadoreño, SIGEESAL por la información para este documento y por su trabajo en defensa de los derechos humanos y laborales.

1 Con estas acciones se violan —o se pueden violar— los siguientes artículos de la Constitución de la República de El Salvador: Art. 3 Todas las personas son iguales ante la ley. Los derechos civiles están garantizados sin ninguna discriminación; Art. 6. Toda persona puede expresar y difundir libremente sus pensamientos siempre que no subvierta el orden público; Art. 7. Los habitantes de El Salvador tienen derecho a asociarse libremente y a reunirse pacíficamente..; Art. 47 garantiza el derecho de asociarse y de formar asociaciones profesionales o sindicatos en el lugar de trabajo; Art. 48. Los trabajadores tienen derecho a la huelga y los patronos al paro; Arts. 65 y 66. Garantizan la salud pública para todos los habitantes de la república y especialmente para las personas de escasos recursos económicos.

 

 

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